Se deberá acreditar patentamiento, inscripción en el RUTA, carnet de conducir categoría G2 y habrá que respetar las modificaciones en velocidades máximas. Los detalles.
A través del Decreto 32/2018, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Transporte dio a conocer los nuevos requisitos para el traslado de maquinaria agrícola que deberán tomar en cuenta los contratistas.
El objetivo, según indicó el texto de la normativa, es la “ampliación en la capacidad de los vehículos de transporte interjurisdiccional de carga y la optimización de las condiciones exigidas para su circulación“, lo que generará “una mejora en la productividad nacional y en los costos del transporte, sin que ello genere afectación a la seguridad y a la vida útil de la infraestructura vial”.
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