Un momento de inflexión para la industria argentina de biocombustibles

Análisis del director Ejecutivo de la Asociación Argentina de Biocombustibles e Hidrógeno.

Por Valor Soja

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La industria argentina de biodiesel tiene una capacidad de producción de alrededor de 4,4 millones de toneladas anuales. En 2017 se había utilizado alrededor del 65% de ese total con una producción de 2,871 millones de toneladas, de las cuales 1,65 millones se destinaron al mercado externo. Pero en 2018 la producción será menor –hasta un 20% por debajo respecto de los registros del año anterior–debido a tres factores.

 

Uno. La sanción arbitraria, de carácter proteccionista, aplicada en el segundo semestre de 2017 por el Departamento de Comercio de EEUU., instrumentada a través de la aplicación de derechos compensatorios por antidumping y antisubsidio, de alrededor de un 140%, que cerró técnicamente ese mercado para nuestras exportaciones (el cual el año pasado representó alrededor del 90% de la exportación total).

Dos. Los tres aumentos de derechos de exportación establecidos por decretos presidenciales, con vigencia desde enero, julio y setiembre pasado, que llevaron la alícuota desde un 0% hasta la actual superior al 23% (efectiva), que afectaron significativamente la estructura de costos de la industria, debilitando su competitividad.

Tres. La incertidumbre causada por una investigación de corte netamente proteccionista que está en curso, llevada a cabo por la Unión Europea (UE) sobre las exportaciones de biodiesel argentino a dicho destino, que podría derivar muy pronto en la aplicación de derechos compensatorios antidumping y por ello reduce los negocios actuales. El mercado europeo se había reabierto en agosto del año pasado, luego estar técnicamente cerrado por alrededor de cuatro años, como consecuencia de la aplicación por parte de la Comisión Europea de derechos compensatorios antidumping; estos fueron reducidos y más tarde eliminados a partir de un dictamen de la OMC favorable a nuestro país, en un panel abierto al respecto a pedido de nuestra Cancillería, más una sentencia también favorable del Tribunal Superior de Justicia de la UE, con sede en Luxemburgo, en una causa iniciada por la industria local.

La Secretaría de Energía de la Nación tiene en carpeta ordenar la normativa actual, para despejar dudas sobre la posibilidad de comercializar biodiesel por afuera del mandato de corte establecido por el artículo 7 de la Ley 26.093. En este sentido, se busca incentivar cortes voluntarios por encima del actual 10% de contenido de biodiesel, incluso por arriba del 20%.

Sin embargo, planea también enviar un proyecto de ley al Congreso de la Nación para que se sancione una enmienda a la Ley 23.966 T.O., Título III, Capítulo 1, incorporando al biodiesel comercializado por encima del corte obligatorio, tanto puro como mezclado, al hecho imponible del Impuesto a los Combustibles (recordemos que en la reforma tributaria establecida por Ley 27.430 en diciembre pasado, por iniciativa del propio gobierno nacional, el biodiesel quedó totalmente desgravado no sólo en lo referente al impuesto de ese capítulo, sino también en el Impuesto al Dióxido de Carbono, establecido en el Capítulo 2 de ese título). De prosperar dicho proyecto, se cambiarían las relaciones actuales entre la alícuota correspondiente al tramo de impuesto específico a los combustibles líquidos y el tramo específico de impuesto al carbono, quedando el biodiesel gravado en el primer tramo –con una alícuota menor a la del gasoil, debido a su inferior poder calorífico– y desgravado del segundo tramo. Dicha medida podría establecerse con otras regulaciones que procuran establecer mayor competencia en el mercado interno.

El impacto real sobre la demanda proyectada es muy incierto, dado que no siempre el precio del biodiesel es competitivo frente a la paridad de importación del gasoil ni al precio de este combustible fijado por las refinadoras de petróleo en el mercado interno. Por lo tanto, el éxito de un plan como el antes mencionado dependerá del nivel de dicha diferencia de precios a favor del combustible biológico en un futuro, de la disponibilidad de una logística adecuada y del grado de utilización que hagan de esta opción, las compañías petroleras que operan en el downstream, entre otras cuestiones. Aunque a priori parece que será difícil obtener una diferencia atractiva para este producto, toda vez que pase a estar gravado por el Impuesto a los Combustibles. Más aún cuando tendrá que competir activamente en un segmento de libre mercado, frente a otros combustibles alternativos que están desgravados, como el GNC, el GLP y el GNL.

Otra cuestión sensible está vinculada a la utilización de biodiesel en la generación eléctrica, segmento de demanda que está obligada por la legislación vigente a incorporarlo en mezclas con gasoil de un mínimo del 10% de aquél, salvo que se demostraran contundentes problemas técnicos. Hasta el momento, esta obligación no se viene cumpliendo y no parece que tal situación se revierta a corto plazo.

El gasoil grado III se seguirá comercializando con un contenido de biodiesel del 10 % (B10). Resulta muy importante destacar el ensayo denominado Bio Bus, llevado adelante desde el tercer cuatrimestre de este año por el gobierno de la provincia de Santa Fe con las empresas de colectivos urbanos de su propiedad, SEMTUR y La Mixta, que circulan en la ciudad de Rosario, por el cual se está usando un corte de gasoil con un 25% de biodiesel (B25) en el grueso del parque automotor de ambas empresas –cerca de trescientas unidades– y biodiesel puro en tres unidades.

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