AFIP postergó las suspensiones del Registro de Operadores de Compraventa de Granos

La medida rige también para el Padrón de Productores de Granos – Monotributistas hasta que se reglamente la unificación de los registros del Ministerio de Agroindustria, SENASA e INASE.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergó las suspensiones y exclusiones de los responsables inscriptos en el Registro Fiscal de Operadores de Compraventa de Granos y del Padrón de Productores de Granos – Monotributistas con el objetivo de “comenzar un proceso de eliminación y simplificación de las normativas correspondientes”.

En un comunicado oficial, el organismo anunció que la suspensión de las publicaciones regirá “hasta tanto se reglamente la unificación de los registros del Ministerio de Agroindustria, del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), del Instituto Nacional de Semillas y de la AFIP, vinculados a la producción y comercialización de granos y semillas en proceso de certificación –cereales y oleaginosas- y legumbres secas”.

 

“A su vez, los responsables que a la fecha se encuentren suspendidos por cuestiones formales, podrán subsanar el incumplimiento aún vencido el plazo de 60 días establecido en la Resolución General 2.300″, aclaró.

Y advirtió que cuando la AFIP verifique la regularización del incumplimiento en forma sistémica “procederá en forma automática, y sin que se requiera la presentación del contribuyente, a publicar el levantamiento de la suspensión en su sitio web, que tendrá efecto a partir del segundo día corrido inmediato siguiente al de su publicación”.

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