Las empresas que adhieran al régimen dispondrán de hasta el 20% de divisas obtenidas en exportaciones vinculadas al proyecto para: pagos de capital e intereses de deudas comerciales o financieras con el exterior; giro de utilidades y dividendos que correspondan a balances cerrados y auditados; repatriación de inversiones directas de no residentes.

Páginas: 1 2