

El día de la fecha, personal del Comando de Prevención Rural Saladillo, en
circunstancia que se encontraban recorriendo el ámbito jurisdiccional competente
a la especialidad, en la faz preventiva de delitos y faltas en general, más
precisamente en el Cartel IX, perteneciente al Paraje “La Barrancosa” de este
medio, se observa el circular de un motovehiculo, con dos masculinos a bordo, el
cual carecía a simple vista de dominio colocado, como así también de otros
elementos de seguridad, necesario para su uso. Acto seguido y a fin de poder
identificar a los ciudadanos antes mencionado, se procedió a intercéptalos,
constatándose por consecuente que, ambos eran oriundos de la localidad vecina
de General Alvear, quienes al momento de serles requerido la documentación
pertinente, mismos aluden carecer de tal. Ante ello y con la mera intención de
garantizar la seguridad de los allí presentes, se realiza la requisa preventiva,
tanto de la moto como de los sujetos, constatándose en tal accionar que, en el
interior del buche de la moto, se encontraba resguardada una bolsa de nylon,
conteniendo una sustancia de origen vegetal, la cual luego de ser testeada con
los reactivos adecuados, se certifica que misma sustancia resulta ser
“marihuana”.- Por lo antes aludido, se instruyen actuaciones Penales caratuladas
a prima facie “TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES SIMPLE” con la intervención
de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nro. 02 del Departamento Judicial
La Plata, sede Saladillo, a cargo de la Sra. Agente Fiscal Dra. Patricia Hortel y
Juzgado de Garantías N° 7. Respecto al motovehiculo identificado, resulta dable
hacer constar que, Personal Policial actuante confecciona por separado
actuaciones Contravencionales, por transgresión a la Ley 24.449 de la cual posee
competencia el Juzgado de Faltas Local.- Oficial Principal VAQUERO LORENA-
JEFE CPR SALADILLO.-