El nuevo sistema reemplazará a los registros y regímenes informativos vinculados a la actividad de producción y comercialización
El sistema SISA definirá el «estado» que le corresponderá a cada persona humana o jurídica según el sistema de «scoring».
¿QUÉ ES EL SISA?
El SISA es el nuevo Sistema de Información Simplificado Agrícola –SISA- que reemplazará a los registros y regímenes informativos vinculados a la actividad de producción y comercialización de granos y semillas en proceso de certificación (cereales y oleaginosas) y legumbres secas que detallamos a continuación:
- RFOG – Registro de Operadores de Granos (AFIP)
- PPGM – Padrón de Productores de Granos Monotributistas (AFIP)
- TIRE – Registro de Tierras Rurales (AFIP)
- RENSPA Agrícola (SENASA)
- Declaración Jurada de Siembra y Origen de Semillas» y «Declaración Jurada de Producción y Reserva de Semillas» (INASE)
- Régimen Informativo de Capacidad Productiva y Producción» – 1 DDJJ Existencias, 2 DDJJ Superficie, 2 DDJJ Producción- (AFIP)
- Declaración Jurada de Producción de Granos anual» (SENASA)
Regímenes informativos reemplazados
- «Declaración Jurada de Siembra y Origen de Semillas» y «Declaración Jurada de Producción y Reserva de Semillas» (INASE)
- «Régimen Informativo de Capacidad Productiva y Producción» – 1 DDJJ Existencias, 2 DDJJ Superficie, 2 DDJJ Producción- (AFIP)
- «Declaración Jurada de Producción de Granos anual» (SENASA)
¿ES OBLIGATORIA LA INSCRIPCIÓN?La inscripción es obligatoria para los siguientes sujetos:
- Productores de granos y semillas (en proceso de fiscalización) -cereales y oleaginosas- y legumbres secas.
- Operadores que intervengan en la cadena de comercialización de los productos antes mencionados.
- Propietarios, copropietarios, usufructuarios y ocupantes -cualquiera fuera su título-, y sus subcontratantes, cualquiera fuera su modalidad de contratación, de tierras rurales explotadas situadas en el país, en la medida en que en ellas se desarrolle el cultivo de dichas especies.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS Y CONDICIONES?Dentro del plazo de 60 días posteriores a la publicación de la RG Conjunta N°4248 (B.O. 24/05/2018) se reglamentarán y publicarán los requisitos y condiciones para integrar el SISA.
¿CÓMO SE REALIZARÁ LA INSCRIPCIÓN?La información requerida por el SISA se suministrará mediante transferencia electrónica de datos a través de nuestra página web
ImportanteSe migrará al SISA la información ingresada por aquellos sujetos que hubieran tramitado la obtención de la/s «Constancia/s de alta de tierras rurales explotadas» o la/s «Constancia/s de modificación o adenda de contratos», siempre que la/s misma/s se encuentre/n vigente/s al momento de la incorporación del sujeto al nuevo sistema.
¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS?
- Unificación de Registros y Regímenes Informativos (SENASA – INASE – AFIP).
- Simplificación de los trámites y carga de datos (incluye migración de información preexistente en los diversos Organismos).
- Sistematización.
- Calificación objetiva.
- Mantenimiento de la capacidad de control fiscal.
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS?
¿QUÉ ES EL SISTEMA SCORING?
Con la información remitida por los sujetos inscriptos y la información disponible en la Administración Federal, el sistema SISA definirá el «estado» que le corresponderá a cada persona humana o jurídica según el sistema de «scoring». El mismo define la conducta fiscal del sujeto, así como la relacionada con los demás organismos intervinientes.
Tres niveles de riesgo
- Riesgo bajo: sujeto de muy bajo riesgo según SIPER, sin incumplimientos formales, permanencia en el SISA con la mejor calificación y/o registros reemplazados sin suspensiones y exclusiones en los últimos 24 meses.
- Riesgo medio y nuevas altas: sujeto de riesgo medio o nuevos inscriptos en el SISA, con buena conducta fiscal y sin incumplimientos formales.