El Inase podrá tomar muestras de semillas en cualquier etapa de la cadena de producción

De esta manera se busca determinar la variedad utilizada. Por su parte se dio de baja al Registro de Usuarios de Semillas y se estableció la obligación de presentar una Declaración Jurada sobre el origen de la semilla.

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Las autoridades del Instituto Nacional de Semillas (Inase) dieron de baja el Registro de Usuarios de Semillas, dado que el mismo próximamente pasará a integrar el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA).

Por medio de la resolución 378/18 del Inase –publicada hoy en el Boletín Oficial– se procedió a derogar, a partir del 1 de noviembre de 2018, la resolución 80/07 del Inase (por medio del cual se creó el Registro de Usuarios de Semillas), la resolución 187/15 del Inase (que estableció la obligación de presentar una Declaración Jurada sobre el origen de la semilla reservada para siembra), la resolución 149/16 del Inase y los artículos 2, 3, 4, 7, 8 y 9 de la resolución E-579/17 del Inase (que extendió la obligación de presentar una Declaración Jurada sobre la semilla de algodón reservada).

 

La resolución 378 determinó que desde noviembre próximo el Inase “recabará y analizará información acerca del uso de semillas, variedades sembradas y su origen legal, tomando como base certera, entre otras fuentes de información, la Declaración Jurada efectuada por el usuario de semillas en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA)”, cuya implementación efectiva se encuentra en curso.

La norma indica que el Inase, “de considerarlo conveniente, podrá requerir información sobre el origen de la semilla sembrada de los cultivos en cuestión”, par lo cual “podrá disponer la toma de muestras del producto cosechado de la siembra, en el lugar de la primera entrega, para someter la misma a pruebas de laboratorio”.

“Asimismo, podrá acceder y tomar muestras de las semillas y/o del producto, en cualquier etapa de la cadena de producción, a fin de determinar analíticamente la variedad utilizada y cualquier otro parámetro que resulte de interés a los efectos de la presente norma”, añade la resolución 378.

“Los datos recabados por el Inase en virtud de la presente resolución serán de carácter y uso reservado del mismo, salvo en caso que se determine la existencia de un posible daño a los derechos del obtentor, en cuyo caso se le dará la intervención pertinente”, aclara.

Vale recordar que la resolución conjunta 4248/18 del Ministerio de Agroindustria, Senasa, Inase y Afip instrumentó la unificación del Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas (RFOG), Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE), Registro Nacional Sanitario (Renspa) y Registro de Usuario de Semilla (RUS).

Este viernes 31 de agosto vence el plazo de la presentación obligatoria de la Declaración Jurada de superficie sembrada con trigo en el ciclo 2018/19.

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