No obstante, las posiciones contrarias a la utilización de esta tecnología se han ido incrementando en los últimos años: «Aún con esta evolución virtuosa en la producción de alimentos y de las normativas para garantizar la seguridad para la salud y el ambiente, las posiciones contrarias al uso de fitosanitarios se han generalizado, aunque los efectos negativos sobre la salud y el ambiente atribuidos a estos, no se vean reflejados en los resultados provenientes de investigaciones con metodologías científicas apropiadas«.
Estudios recientes de la Universidad de Buenos Aires realizados en Pergamino y otras localidades de la región norte de Buenos Aires, expuestos el 30 de julio pasado, muestran que si bien son detectados la mayoría de los agroquímicos utilizados, los niveles encontrados en suelos, aguas y en la sangre de las personas, están muy por debajo de los límites o valores críticos establecidos en la mayor parte de los países del mundo.
De igual manera, la situación conflictiva se verifica con la aplicación de medidas judiciales, como la cautelar impuesta por el Juzgado Federal de San Nicolás en el periurbano de Pergamino en agosto de 2019, prohibiendo la aplicación a 1095 m del límite urbano de la ciudad cabecera, afectando a más de 6.000 hectáreas y a más de 100 productores.
Otro hecho de extrema gravedad es el procesamiento por el citado juzgado por violación de la ley de residuos peligrosos a un productor, ingeniero agrónomo matriculado, por infringir en 10 metros el área de exclusión en un lote adyacente a la localidad de Peña.
Las entidades advierten que, habiendo procedido conforme a todas las normas regulatorias y reglamentarias nacionales y locales en materia de aplicaciones (fumigaciones), cumpliendo con todas las exigencias vigentes como el aviso previo a la aplicación a realizar y la emisión y envío de la correspondiente receta agronómica exigida, fue procesado por presunta contaminación ambiental, al aplicarle otra legislación ajena al caso, como es la Ley Nacional 24.051 de residuos peligrosos «Anexo I» que no legisla sobre «la práctica de aplicación de productos fito sanitarios», sino sobre la «disposición de residuos» que se consideran peligrosos.
La legislación específica que rige la actividad de aplicación está regida por la Ley Provincial 10.699/88, su Decreto reglamentario 499/91 y demás normas locales.
«Estos graves hechos puntuales nos llevan a reflexionar, junto con toda la ciudadanía, que estamos frente a una amenaza de expansión de este tipo de medidas judiciales», señalan las entidades y agregan: «El país se encuentra ante una grave crisis socio económica y el sector agroindustrial es uno de los pocos en condiciones y con posibilidades de generar excedentes aumentando las exportaciones en el corto plazo».
Debate y reglas claras
En este sentido, señalan que ponerle trabas sin justificativos no contribuye al logro de tan importante objetivo: «Entendemos que están dadas todas las condiciones para producir en forma sustentable, con toda la tecnología disponible, sin afectar el medio ambiente, ni la salud de las personas».
Bajo este escenario, para superar este tipo de conflictos, productores piden reglas y procedimientos claros que delimiten las obligaciones y responsabilidades, para garantizar los derechos de todos los sectores de la sociedad, en el marco de una justicia que vele por su cumplimiento. Consideramos necesario un debate amplio entre todos los sectores, para un análisis profundo de la situación hasta que haya un acuerdo concreto para que no se repitan los conflictos.
«En este debate se impone la participación de los sectores científico, gubernamental, político, agropecuario y representativos de la comunidad», destacan. «La discusión debe ser integral despojada de subjetividades y/o presunciones, en la cual se tengan en cuenta a todos los actores involucrados y, sobre todo, las consecuencias de las acciones irresponsables de éstos. En síntesis, se requiere de un debate amplio hasta alcanzar los consensos necesarios. Invitamos a toda la ciudadanía a involucrarse en este desafío», concluyen.
A continuación las entidades firmantes:
- AIANBA (Asociación de Ingenieros Agrónomos del Norte Pcia. Bs. As.)
- Carbap (Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa)
- CEDASABA (Cámara empresaria de distribuidores de agroquímicos, semillas y afines bonaerenses)
- CONINAGRO (Confederación Intercooperativa Agropecuaria). CRA (Confederaciones Rurales Argentinas)
- Dr. Juan Pedro Merbilhaa
- Federación Agraria Argentina, filial Pergamino
- Grupo CREA Arroyo del Medio
- Grupo CREA Pergamino
- Regional Aapresid Pergamino-Colón
- Sociedad Rural Pergamino