Dólar: consulta de percepciones
Para conocer el monto de las percepciones por las cuales se puede pedir el reintegro se debe:
- Ingresar a la página de AFIP, en el servicio “MIS RETENCIONES” se puede consultar los períodos y montos por los cuales se puede pedir devolución del Impuesto PAIS.
En Impuesto retenido seleccionar la opción 217 – SICORE IMPUESTO A LAS GANANCIAS, tal como se ve en la imagen.
- En las fechas Desde – Hasta, poner todo el año 2021.
Al ingresar al servicio “Mis retenciones”, se ve la siguiente pantalla:

TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE NO PAGUEN GANANCIAS Y EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA A QUIENES NO SE LES PRACTIQUEN RETENCIONES DE DICHO IMPUESTO EN LA LIQUIDACIÓN DE SUELDO:
Requisitos:
- Contar con CUIT y CLAVE FISCAL.
- Tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
- Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria donde se quiere recibir la devolución, a través del servicio “DECLARACIÓN DE CBU”. En caso de tener ya cargada una CBU de una cuenta activa actualmente, no se debe hacer nada.
Pasos para recuperar
1) Ingresar con Clave Fiscal al servicio “Mis Aplicaciones Web”
2) Seleccionar la opción “Nuevo” que se encuentra en el margen superior izquierdo. Como consecuencia se abrirá una nueva pantalla donde se tiene que seleccionar nombre y los siguientes campos:
- Organismo: AFIP
- Formulario: F746/A – Devoluciones y transferencias
- Período Fiscal: indicar el período por el cual se solicita la devolución, con el formato AAAAMM.
Finalmente, seleccionar “Aceptar”
3) A continuación el sistema mostrará el detalle de percepciones registradas en “Mis Retenciones” para ese período. Se debe tildar cuáles son las que se quiere tramitar en devolución.
4) En caso de que existan percepciones no registradas en el sistema, se podrán ingresar seleccionando: “AGREGAR PERCEPCIÓN”.
5) Para realizar la carga se tiene que informar:
- Origen
- Tarjeta
- Fecha de Pago del resumen y/o liquidación/ Fecha de débito
- Monto de la percepción.
6) Una vez que se haya realizado la carga completa de datos, seleccionar el botón GRABAR, que se encuentra en el margen superior de la pantalla. Para finalizar la carga, presionar el botón PRESENTAR. El sistema preguntará si se confirma la presentación, y luego informará que la presentación ya fue realizada. 7) Para realizar el seguimiento de la solicitud de devolución, hay que ingresar con “Clave Fiscal” al Servicio “Mis Aplicaciones Web”.
8) A continuación, se visualizará la pantalla de ingreso al servicio. Se tiene que seleccionar la opción BUSCAR que se encuentra en el margen superior izquierdo. Allí, hacer clic en ACEPTAR para visualizar las solicitudes realizadas.
9) De esta forma, se visualizará las solicitudes realizadas y, si se hace clic en PRESENTADO, se podrá ver el estado de la solicitud seleccionada y el sistema desplegará el estado del trámite.
Si bien el trámite ya se puede realizar, AFIP, que es quien realiza la devolución, aún no informó qué plazo demorará la misma. La acreditación se realizará en la cuenta bancaria informada.
EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA A QUIENES SE LES RETIENEN GANANCIAS EN LA LIQUIDACIÓN DEL SUELDO
Para los gastos y percepciones realizadas y pagadas al 31 de diciembre de 2021, la devolución se efectuará con los sueldos de abril. Aun cuando los empleados informen de manera mensual las percepciones que les realizan, el empleador solo estará habilitado a computarlas en la liquidación anual o final.
Los trabajadores en relación de dependencia tienen tiempo hasta el 31 de marzo para presentar las deducciones anuales de Ganancias correspondientes al año fiscal 2021.
La Carga de las percepciones por compra o gastos en moneda extranjera se hará en el servicio “SIRADIG Trabajador”
Pasos
1) Ingresar en el sitio de AFIP con su número de CUIT y Clave Fiscal.
2)Ingresar al servicio “Siradig-Trabajador” Se abrirá una ventana nueva en la que se deberá seleccionar el período fiscal 2021 para aplicar las deducciones.
3)Seleccionar Carga de formulario y luego Otras Retenciones, percepciones y pagos a cuenta.


4) En ese submenú, debe seleccionarse el apartado Pago a Cuenta – Resolución General AFIP 4815, donde se desplegarán opciones según la operación por la que se desea realizar las deducciones:
- Compra de billetes y divisas en moneda extranjera;
- Percepciones por la utilización de tarjeta de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior;
- Percepciones por la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes:
- Percepciones efectuadas por agencias de viajes y turismo:
- Percepciones efectuadas por servicios de transporte terrestre, aéreo acuático de pasajeros con destino fuera del país.
5) Al seleccionar la opción correspondiente aparecen las percepciones informadas por los agentes.

Seleccionar “Carga automática” en caso estar de acuerdo con los datos que muestra la página.
Se pueden hacer cargas manuales por percepciones sufridas por estos conceptos y que no aparecen informadas de manera automática.
6) Una vez cargados los datos se debe enviar el formulario al empleador.
La devolución deberá hacerla el agente de retención (empleador) cuando cierra el ejercicio 2021 del impuesto para la cuarta categoría, es decir en abril próximo.