Fue a través de una resolución conjunta firmada por los ministerios de Desarrollo Productivo y de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Ambas carteras, en abril pasado, firmaron otra resolución conjunta en la que establecieron la prohibición de seguir comercializando la carne a través de medias reses, una metodología que viene desde hace más de un siglo, pero que en el mundo no es utilizada.
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Esa medida comenzó a regir a partir del 1° de enero de 2022 y ahora lo que hicieron estos ministerios es fijar los plazos para que los frigoríficos se adecúen.
Nacionales y provinciales
La resolución establece diferentes períodos en función de si los frigoríficos son de tráfico federal (su faena puede comercializarse en cualquier parte del país) o provinciales/municipales (solo pueden vender carne minorista dentro de su provincia o municipio).
En el caso de los nacionales, tendrán hasta 90 días corridos para elevar el “Plan de Inversión y Adecuación” de sus instalaciones, a fin de comenzar a comercializar como máximo trozos de 32 kilos. Y en no más de 180 días deberán haber ejecutado y puesto en marcha dicho plan.
En cuanto a los provinciales o municipales, tendrán hasta seis meses para presentar el plan y hasta un año para ejecutarlo.
“La presentación deberá formalizarse mediante el Portal de Trámites a Distancia (TAD) ante la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario. La referida Dirección Nacional, conjuntamente con el Senasa, coordinarán el seguimiento de la implementación”, señala la resolución.