Bienes Personales 2022: los movimientos para pagar menos impuestos y el recurso que tiene AFIP para cuestionarlos

Cuáles son los movimientos de inversiones para evitar el pago de Bienes Personales. La AFIP y la posibilidad de desconocer estas operaciones. El caso en el Tribunal Fiscal que estudian los especialistas.

Los movimientos están a la orden del día en las inversiones y depósitos de los argentinos en parte porque está por cerrar la foto de fin de año de la AFIP sobre las tenencias que se computan para Bienes Personales 2022.

«Existen algunas inversiones financieras que incluso cuando se compren a través de cuentas custodias en el exterior no pagan bienes personales o pagan el impuesto a la tasa que se aplica a los bienes en Argentina», explica la tributarista Florencia Fernández Sabella, socia de LFS Tax.

A modo de ejemplo, la especialista señala «la tenencia de títulos públicos argentinos en cuentas de inversión en Argentina o en el Exterior están exentos del impuesto sobre los bienes personales mientras que la tenencia de ON emitidas por sociedades argentinas (sin importar si se adquieren en cuentas de inversión argentinas o del exterior) pagan el impuesto sobre los bienes personales a la tasa aplicable a los bienes en el país o incluso están exentas si son emitidas en pesos argentinos».

Hoy el monto por el que se paga Bienes Personales está en los $ 6 millones y la actualización para el ejercicio fiscal 2022 llevaría el mínimo no imponible a $ 9 millones. En la web de AFIP están disponibles las valuaciones vigentes para automóviles, propiedades, obligaciones negociables, fondos comunes de inversión y otras tenencias para 2021.

Los inmuebles destinados a casa-habitación no estarán alcanzados por el impuesto cuando su valuación resulte igual o inferior a $ 30.000.000 de acuerdo con los datos de AFIP.

EL DESCONOCIMIENTO DE AFIP

Los depósitos en pesos o en dólares en cajas de ahorro, plazos fijos, acciones y títulos públicos no están gravados por el impuesto a los Bienes Personales. Los Cedears y las inversiones financieras en cuentas comitentes en moneda extranjera están alcanzados, lo que genera movimientos en el mercado, ya que habitualmente se recurre a depositarlos para que formen parte de las cuentas exentas al 31 de diciembre, cuando se saca «la foto» de tenencias para Bienes Personales.

«Sin embargo, cuando este tipo de inversiones se realiza con la única finalidad de evitar el impuesto sobre los bienes personales al cierre del año calendario, las transacciones pueden ser desconocidas por la AFIP que quedaría habilitada a pretender cobrar el impuesto sobre ese patrimonio de todas formas», advierte Fernández Sabella sobre los cambios para pagar menos Bienes Personales.

EL CASO EN EL TRIBUNAL FISCAL

«La posibilidad de desconocer estas operaciones está prevista en un artículo del Decreto Reglamentario que rara vez fue utilizado porque históricamente fue tildado de ‘exceso reglamentario’ por generar una presunción que no está prevista en la ley«, agrega la especialista.

«Pese a su cuestionable legalidad, en el año 2022 el Tribunal Fiscal de la Nación ha admitido su utilización en un antecedente de un contribuyente que adquiría bonos exentos por un Convenio Internacional al cierre de ejercicio con el objetivo de no pagar bienes personales. Si bien este antecedente es aislado y todavía no tiene sentencia firme, es algo que debe sumarse al análisis de cara al cierre que se aproxima», detalló la especialista.

FACILIDADES HASTA ENERO

En tanto, AFIP indicó que se extenderá hasta el 31 de enero de 2023 «la vigencia de las mejores condiciones para los planes de pago permanente y para Ganancias y Bienes Personales«, según detalló el estudio Lisicki Litvin & Asociados.

La resolución general 5305/2022 (BO 27/12/2022) señala que se incluye la aplicación de las condiciones más favorables relativas a la cantidad de planes admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable del régimen de facilidades de pago permanente y el plazo para que los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago Miniplan para que regularicen sus obligaciones de ganancias y/o bienes personales, sin considerar la categoría del SIPER, siempre que se trate de las categorías A, B, C o D.

QUIÉNES ESTÁN ALCANZADOS POR BIENES PERSONALES

  • Personas humanas residentes en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país y en el exterior.
  • Personas humanas residentes en el exterior y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por los bienes situados en el país.
  • Las sucesiones indivisas tributarán por los bienes que posean al 31 de diciembre de cada año, en tanto dicha fecha quede comprendida en el lapso transcurrido entre el fallecimiento del ciudadano por el que se inicia la sucesión indivisa y la declaratoria de herederos o aquella en que se haya declarado válido el testamento que cumpla la misma finalidad.

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