Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos

Con gran beneplácito, desde ABC, UNICA y FIFRA, las tres cámaras más representativas de la faena de animales de Argentina, vemos la incorporación de un capítulo de Carnes que pregona una reforma solicitada durante años por el sector, y que da garantías a la salud de los consumidores argentinas al establecer un Estatus Sanitario Nacional y designar una autoridad sanitaria a nivel federal con poder de control sobre la faena, elaboración, y transporte de productos y subproductos bovinos en todo el territorio nacional.

Desde la Ley 3959 en al año 1900 venimos discutiendo las competencias y pocos se ocuparon de ejercerla. Las enfermedades no tienen fronteras, por ende, la definición clara, concreta e indubitable, de una autoridad nacional competente y que las provincias puedan concurrir a ejercer el control es la solución institucional definitiva. Las garantías de salubridad de los productos alimenticios, en especial la carne vacuna, deben ser las mismas para todos los habitantes del territorio nacional.

 

Aplaudimos el espíritu de esta normativa que garantizará para los consumidores de todas las provincias y municipios del país el acceso a un alimento seguro, de alta calidad nutricional y con un debido control a cargo de la autoridad sanitaria federal en materia de productos de origen animal.

Nos merecemos, como un país consumidor de proteínas de origen animal, tener aseguradas las garantías de inocuidad y un estándar sanitario de plantas de faena adecuado a condiciones higiénico-sanitarias que garanticen la salud de los consumidores de estos productos.

Fuente: ABC, UNICA y FIFRA

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