La subsecretaria de Ambiente, Ivana Zecca, ha proporcionado aclaraciones significativas en relación al reciente fallo que declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ordenanza n°12.216. Esta normativa prohibía en el ejido de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos, el uso, aplicación, expendio, almacenamiento, transporte, comercialización y venta del producto conocido como glifosato.
Según información oficial, se prevé que el ejecutivo municipal eleve un proyecto al Concejo Deliberante para modificar dicha ordenanza. El objetivo es reconfigurar las herramientas legales no solo en relación al glifosato, sino también sobre otros agroquímicos que actualmente no están abordados en la normativa vigente. Este cambio es crucial para adaptarse a las nuevas realidades comerciales y ambientales.
Vigencia de normativas preexistentes
Durante una reciente entrevista radial, la subsecretaria Zecca aclaró que, a pesar del fallo, la ordenanza de 2018 que prohíbe la aplicación terrestre de glifosato sigue en pie para el ejido. Sin embargo, se contemplan ciertos procedimientos específicos para su uso en zonas rurales, donde se requiere un protocolo de aviso a la subsecretaría, además de la intervención de un asesor técnico. Esta medida asegura que la aplicación se realice bajo un control adecuado, contribuyendo a la regulación del uso de agroquímicos en la región. Zecca también destacó la relevancia del derecho comercial y su impacto en el transporte y comercialización del glifosato.