A través de la Ley (Poder Legislativo) N° 27.480 – Título I – (B.O. 21/12/2018), se incrementa el mínimo no imponible a $ 2.000.000, a partir de los ejercicios fiscales 2019 y siguientes. De tratarse de la casa-habitación del contribuyente, no estará alcanzada cuando su valor determinado de acuerdo con las normas de esta ley, resulten iguales o inferiores a $ 18.000.000. Asimismo, se establece un esquema de progresividad de la alícuota del impuesto en 3 tramos (0.25% – 0.50% y 0.75%), explica el CPN Gonzalo Alcorta, especialista laboral de Arizmendi.
Se destacan las principales modificaciones:
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