
Un aspecto contemplado en la reciente Ley de Reforma Tributaria.
La reciente Ley de Reforma Tributaria (Ley Nº 27.430) reguló entre otros temas la posibilidad de efectuar el revalúo impositivo y contable de bienes situados en el país.
Hasta la semana pasada tal posibilidad estaba en “stand by” a la espera de que se reglamentaran diferentes aspectos prácticos en torno a cómo se haría ese revalúo. Sin embargo, mediante la resolución general de la Afip N° 4249, vigente desde ayer lunes, algunos de tales aspectos fueron aclarados.
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