El Inase refuerza controles para detectar en esta campaña a productores que no puedan justificar el origen legal de la semilla de trigo y algodón

Los agentes podrán tomar muestras de ambos cultivos para analizarlas.

A partir de la presente campaña 2018/19 los inspectores del Instituto Nacional de Semillas (Inase) comenzarán a reforzar controles para detectar a productores que hayan infringido la Ley Nº 20.247 al no poder demostrar el origen legal de la semilla de uso propio de trigo o algodón.

 

La resolución 109/18 –publicada hoy en el Boletín Oficial– dispuso que en trigo y algodón “le serán extraídas únicamente al productor o remitente que el Inase determine dos muestras de grano en el primer punto de entrega para la verificación del cultivar utilizado”.

Vale remarcar que, a diferencia del caso de la soja –cuyo muestreo comprende a toda la producción argentina con el propósito de detectar el evento Intacta de Monsanto-Bayer– en trigo y algodón el mismo sólo se realizará en función de solicitudes específicas realizadas por autoridades del Inase cuando exista alguna sospecha o indicio de infracción de la Ley de Semillas (Nº 20.247).

En los fundamentos de la medida se indica que “a fin de ampliar los mecanismos de verificación del origen de la semilla utilizada resulta conveniente ampliar el muestreo a los cultivos de trigo y algodonero, realizando el muestreo de producción en los casos que el Inase así lo determine”.

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La resolución 109/18 complementa a la 378/18 del Inase –vigente desde fines de agosto pasado– por medio de la cual se determinó que desde noviembre próximo el Inase “recabará y analizará información acerca del uso de semillas, variedades sembradas y su origen legal, tomando como base certera, entre otras fuentes de información, la Declaración Jurada efectuada por el usuario de semillas en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA).

La norma indica que el Inase, “de considerarlo conveniente, podrá requerir información sobre el origen de la semilla sembrada de los cultivos en cuestión”, para lo cual “podrá disponer la toma de muestras del producto cosechado de la siembra, en el lugar de la primera entrega, para someter la misma a pruebas de laboratorio”.

“Asimismo, podrá acceder y tomar muestras de las semillas y/o del producto, en cualquier etapa de la cadena de producción, a fin de determinar analíticamente la variedad utilizada y cualquier otro parámetro que resulte de interés a los efectos de la presente norma”, añade la resolución 378.

“Los datos recabados por el Inase en virtud de la presente resolución serán de carácter y uso reservado del mismo, salvo en caso que se determine la existencia de un posible daño a los derechos del obtentor, en cuyo caso se le dará la intervención pertinente”, aclara.

Fuente: Valor Soja

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