La medida fue adoptada luego de que la firma incumpliera una serie de requerimientos efectuados por la oficina de inscripciones de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario durante el año 2018, lo que motivó una inspección integral del establecimiento.
El operador de la planta incumplía con requisitos matriculares obligatorios para la actividad desarollada, no poseía ninguna vinculación contractual de locación con el propietario de la planta, a su vez cedía la explotación a un tercero que tampoco se hallaba matriculado en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) y no poseía ninguna documentación de respaldo de la mercadería hallada en existencia.
La situación, que de por sí configura una innumerable cantidad de faltas a la Resolución 21-E/2017 y sus normas complementarias, motivó la inmediata interdicción del total de la mercadería, casi 60 toneladas de maíz y más de 14 toneladas de pellet de trigo y la consecuente inhabilitación para seguir operando hasta tanto la firma encuadre su operatoria a lo que rigen las normas para su actividad.