El certificado Pyme se renovará de forma automática a partir del ejercicio que cierra en diciembre 2019

El procedimiento establecido será aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas.

Por CPN Gonzalo Alcorta Arizmendi

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    El certificado Pyme se renovará de forma automática.

A los fines de realizar la renovación automática de la vigencia del “Certificado MiPyME” y, por lo tanto, la reinscripción de la empresa en el “Registro de Empresas MiPymes”, la AFIP transmitirá a la SEPYME-Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de cada empresa que a tal efecto hubiera prestado su consentimiento, la información actualizada de los campos del Formulario N.º 1272 denominado “PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios” .

 

Este nuevo procedimiento se incorpora con Resolución General Conjunta (AFIP-SEPYME) N.º 4642/2019 (BO 06/12/2019).

De modo previo a efectuar la transmisión de la información a la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, la AFIP enviará una notificación al domicilio fiscal electrónico de la empresa y pondrá a su disposición, desde el primer día hábil del cuarto mes posterior al cierre de su ejercicio fiscal y durante veinte (20) días corridos, la información correspondiente a los campos del Formulario N° 1272 denominado “PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios”, a fin que la misma pueda ser verificada por la empresa.

En caso de que la empresa detecte inconsistencias en dicha información, deberá subsanarla rectificando las declaraciones juradas presentadas ante el Organismo Recaudador (AFIP).

El primer día hábil posterior al vencimiento del plazo establecido precedentemente, la AFIP transmitirá la información a la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa.

El procedimiento establecido será aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas mientras mantengan vigente su inscripción en el “Registro de Empresas MiPymes”.

Será requisito para que la AFIP pueda transmitir la información a la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, la presentación de las declaraciones juradas del impuesto al valor agregado y las declaraciones juradas determinativas y nominativas de los subsistemas de la seguridad social, de los últimos tres (3) ejercicios comerciales cerrados, de corresponder.

Aquellas empresas que se encuentren inscriptas como “IVA Exento” o “IVA No Alcanzado”, integren un grupo económico y/o estén vinculadas a empresas extranjeras, una vez remitida la información a la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, deberán completar su trámite de reinscripción mediante la página “web” del Ministerio de Producción.

Hay que destacar que los nuevos cambios para la renovación de certificado MiPymes  tendrán  aplicación para los ejercicios comerciales  que cierren  en el mes de diciembre de 2019 y posteriores.

Con respecto a los beneficios del certificado PYME vigente, de acuerdo con la Ley PyME (LEY 27.264), se tiene previsto un tratamiento impositivo especial. Por eso es importante controlar la renovación automática de la AFIP.

A continuación, el CPN Gonzalo Alcorta, especialista impositivo de Arizmendi,  detalla los principales beneficios:

  • Eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta desde ejercicios fiscales que se inicien a partir de enero de 2017.
  • Compensación Impuesto a los Débitos y Créditos a cuenta del Impuesto a las Ganancias Micro y Pequeñas: podrán compensar en el pago de Ganancias el 100% del impuesto. Medianas Tramo 1 (sector industrial): podrán compensar en el pago de Ganancias el 60% del impuesto. El remanente del impuesto a los débitos y créditos no podrá ser compensado con otros impuestos a cargo del contribuyente. Sólo se puede trasladar el 33% de los créditos y débitos, hasta su agotamiento, a otros períodos fiscales.
  • Pago de IVA diferido a 90 días para Pequeñas y Medianas Empresas.
  • Por el saldo técnico del IVA generado en las inversiones se puede obtener un bono de crédito fiscal para cancelar impuestos nacionales y aduaneros. Podría renovarse este beneficio para las inversiones que se realicen dentro de 2019.
  • Además, el Certificado Pyme vigente permite a las pequeñas y medianas empresas acceder a los programas del Ministerio, el certificado de no retención de IVA, planes de facilidades en AFIP y beneficios sobre los derechos de exportación y otros ofrecidos por distintos bancos.

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