La medida incluye las categorías A y B, sin afectar la sanidad ni el bienestar de los animales.
Lo hizo a través de la Decisión administrativa 108/2020, que modifica el artículo 9º de la Resolución Senasa Nº 581/2014.
La medida incluye las categorías A y B, sin afectar la sanidad ni el bienestar de los animales.
Para realizar consultas, el organismo informó que pueden enviarse al correo electrónico dcgype@senasa.gob.ar.