Trabajadores rurales acordaron un nuevo aumento: qué actividades alcanza

El Boletín Oficial publicó los nuevos salarios para estas actividades. La Resolución 46/2020 establece que se dispone un incremento salarial mínimo para el personal que se desempeña en la actividad de arreos de ganado y remates en ferias, en la provincia de Corrientes.

El aumento será de 4 mil pesos con vigencia desde el 1° de marzo de 2020 hasta el 30 de junio de 2020.

Por su parte, la Resolución 47/2020 fija una nueva remuneración fija para los trabajadores que se desempeñan en la actividad de arándanos. Rige para todo el país y tiene vigencia desde el 1 de julio 2020 y del 1 de enero de 2021, hasta el 30 de junio de 2021. El salario mínimo del trabajador calificado es de $ 33.881,04.

La Resolución 48/2020 establece que las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de cosecha y manipuleo de ajo en la provincia de Santiago del Estero. Este incremento tendrá vigencia a partir del 1 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre del 2020.  Para esta actividad el jornal se fijó en $ 1.279,00.

En lo que respecta a manipuleo y enfardado de alfalfa en Santiago del Estero, la Resolución 49/2020 fijó un nuevo incremento. El mismo tendrá vigencia a partir del 1 de marzo de 2020, hasta el 31 de agosto de 2020.

La Resolución 50/2020 establece remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de cosecha, manipuleo y lavado de batata en la provincia de Santa Fe. El aumento entra en vigencia desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 31 de marzo de 2020. 

Además, se dispone un incremento salarial mínimo para todos los trabajadores incluidos en la presente que ascenderá $ 4.000 con vigencia a partir del 1° de abril de 2020 hasta el 28 de febrero de 2021.

Por su parte, la Resolución 51/2020 fijó remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de cosecha y manipuleo de zapallo, calabaza y batata, en la provincia de Santiago del Estero.  Entra en vigencia a partir del 1 de marzo de 2020, hasta el 31 de diciembre del 2020. El jornal mínimo es de $ 1.367,50.

En lo que respecta a la actividad yerbatera, la Resolución 52/2020 estableció remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en Misiones y los departamentos de Ituzaingó y Santo Tomé de la provincia de Corrientes. Entra en vigencia a partir del 1 de abril de 2020, del 1 de mayo de 2020, del 1 de junio de 2020, del 1 de julio de 2020 y del 1 de agosto de 2020, hasta el 31 de marzo de 2021.

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