Quedan exentas de este aporte las personas mencionadas precedentemente cuando el valor de la totalidad de sus bienes no exceda de los 200 millones de pesos.Por Arizmendi
La Ley 27.605 crea, con carácter de emergencia y por única vez, un aporte extraordinario, obligatorio, que recaerá sobre los patrimonios de las personas humanas según sus bienes existentes al 18 de diciembre de 2020.
Aporte solidario, extraordinario y por única vez vinculado a los patrimonios de las personas humanas
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